viernes, 7 de junio de 2013

LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Y EL ESTADO DE LAS AUTONOMÍAS.


-La Constitución de 1978 que según los analistas es una constitución rígida por las
dificultades que suponen cualquier modificación, si que presenta aspectos muy avanzados
en lo que respecta a derechos humanos y libertades de los españoles. El estado es
aconfesional aunque reconoce la realidad objetiva de la Iglesia Católica, abole la pena de
muerte, garantiza la libertad de enseñanza y establece una monarquía parlamentaria con un
papel de arbitro con funciones de representación pero sin responsabilidades políticas
concretas. Establece un poder legislativo basado en dos cámaras – Congreso de los
Diputados y Senado- bicameralismo, donde el Congreso tiene un mayor peso político que el
Senado. Las libertades quedan garantizadas por la existencia del Defensor del Pueblo, el
poder Judicial y sobre todo por el Tribunal Constitucional.
















La Constitución Española de 1978 tiene unas características definidas que son las
siguientes:
  • Se trata de una Constitución escrita, codificada en un solo texto.
  • Es extensa, esto se debe en parte a que hubo que hacer un laborioso consenso entre las diferentes organizaciones políticas que la elaboraron y a que incluye no sólo los principios fundamentales del Estado sino también los derechos y deberes, libertades individuales, organización
  • Se trata de la Constitución más extensa después de la de las Cortes de Cádiz de 1812. Consta de 169 artículos además de otras disposiciones adicionales. No sigue por tanto la línea de otras constituciones occidentales que tienden a ser mucho más breves.
  • Tiene origen popular, porque está hecha por los representantes del pueblo (de ideologías variadas) y fue ratificada en referéndum. Es por tanto una constitución pactada o de consenso.
  • Es rígida, sus mecanismos de reforma están escritos en el Título X y establecen no se puede modificar por un procedimiento legislativo ordinario, como en el caso de otras constituciones más flexibles, sino que es necesario un proceso mucho más complejo y complicado.
  • Establece como forma política del estado español la monarquía parlamentaria.   
    

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